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La Santoto actualiza el Reglamento de Becas, Auxilios y Descuentos

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>> El Consejo Superior aprobó nuevas disposiciones para fortalecer el acceso y la aplicación de becas, auxilios y descuentos, con especial atención a la formación posgradual de docentes y al perfeccionamiento del personal administrativo.

Con el propósito de hacer más claros, organizados y pertinentes los mecanismos de apoyo educativo, el Consejo Superior de la Universidad Santo Tomás aprobó el Acuerdo No. 52 del 21 de agosto de 2026, mediante el cual se modifica el Reglamento de Becas, Auxilios y Descuentos

La actualización reorganiza y armoniza las disposiciones del reglamento para facilitar su consulta, interpretación y aplicación. Además, incorpora nuevas alternativas para acompañar los procesos de formación de docentes y fortalecer las oportunidades de desarrollo académico de los colaboradores administrativos. 

Más oportunidades para la formación posgradual docente.

Uno de los principales cambios es la incorporación del apoyo a la formación posgradual, dirigido a docentes que adelanten estudios de especialización, maestría o doctorado. Este beneficio busca favorecer su acceso, permanencia y culminación de estos programas, contribuyendo al fortalecimiento de sus competencias académicas, investigativas y de proyección social. 

El apoyo podrá otorgarse mediante financiación parcial de la matrícula o, para docentes de medio tiempo y tiempo completo, mediante horas en el plan de trabajo destinadas a las actividades propias de su formación. Los porcentajes máximos establecidos son de hasta 40% para doctorado, 30% para maestría y 20% para especialización. 

También se fortalece el perfeccionamiento administrativo.

Para los colaboradores administrativos se actualizan las condiciones del descuento de perfeccionamiento. De acuerdo con el nivel salarial, podrán acceder a descuentos de hasta 40%, 30% o 20% sobre el valor de la matrícula ordinaria, según corresponda. Entre los requisitos se contempla una antigüedad mínima de dos años y una calificación sobresaliente en la evaluación de desempeño. 

El Acuerdo también precisa los requisitos generales que deben cumplir los solicitantes, entre ellos el cumplimiento académico del período anterior, encontrarse a paz y salvo con la Universidad y alcanzar el promedio mínimo establecido según el nivel, programa y modalidad de formación. 

Estas modificaciones representan un paso hacia una gestión de beneficios más clara, organizada y alineada con las necesidades de formación de la comunidad universitaria. El Acuerdo rige desde la fecha de su expedición, el 21 de agosto de 2026.

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